En la Asamblea Departamental del Quindío, tres diputados optaron por votar en contra del empréstito, sin mayor argumentación, mostrando una oposición que parece responder más a intereses políticos que a un análisis técnico o serio financiero. A pesar de que el gobierno departamental, a través de secretarios como el Jurídico Juan Carlos Alfaro, explicaron de manera clara y detallada la necesidad del crédito, los mecanismos de control para asegurar su buen uso y la viabilidad fiscal del departamento, los votos negativos han llegado sin fundamentos jurídicos sólidos que justifican su postura.
Un empréstito necesario
Lo cierto es que esta deuda es necesaria. Las obras que se planean ejecutar con estos recursos no pueden financiarse con dineros de regalías, ya que estos ya están comprometidos en otros proyectos, ni con recursos del Sistema General de Participaciones, lo que hace imprescindible recurrir a un crédito. Según el artículo 355 de la Constitución Política de Colombia, los departamentos y municipios tienen la capacidad de endeudamiento, siempre que dicho endeudamiento no ponga en riesgo la estabilidad fiscal y financiera del ente territorial. En este sentido, el Quindío cuenta con la capacidad de endeudamiento suficiente, lo que le permite asumir este tipo de compromisos sin comprometer su estabilidad fiscal.
Además, es importante destacar que lo aprobado no es un gasto inmediato ni una obligación automática, sino una autorización para contraer una deuda dentro de un marco establecido, en el que el gobierno departamental tiene la facultad de gestionar el crédito hasta un monto determinado. Los desembolsos solo se realizarán en la medida en que se vayan celebrando los contratos de obra y se necesiten los recursos, tal y como lo explicó el secretario Jurídico de la Gobernación, Juan Carlos Alfaro:
“Los desembolsos no se dan en el momento en que yo celebro el contrato de empréstito, sino en la medida en que se vayan celebrando los contratos correspondientes.”
Impacto positivo
Un aspecto clave que debe resaltarse es que este empréstito no representará un impacto en la economía de los quindianos. Los impuestos que pagan los ciudadanos seguirán siendo los mismos, por lo que no habrá una carga tributaria adicional como la que se generó en el escandaloso caso de corrupción de valorización en Armenia.
La diferencia entre ambos casos es clara: mientras que en el caso de la valorización se impusieron contribuciones adicionales a los ciudadanos para financiar proyectos que terminaron en corrupción, en este caso, la Gobernación del Quindío está acudiendo a una fuente legítima y estructurada de financiación sin afectar el bolsillo de los contribuyentes.
“Aquí no se están creando nuevos impuestos ni se está generando un impacto negativo en las finanzas de los quindianos. Lo que estamos haciendo es utilizar una herramienta financiera responsable y legal para garantizar el desarrollo del departamento”, explicó Alfaro.
Objeciones sin fundamento
A pesar de la claridad del proceso, algunos diputados han presentado objeciones que carecen de sustento técnico. Uno de los argumentos más repetidos es que los proyectos aún no han alcanzado la fase 3, es decir, la etapa final previa a su ejecución. Sin embargo, este señalamiento desconoce el procedimiento habitual en la administración pública: primero se asegura la fuente de financiación, y luego se estructuran los proyectos en detalle. Este orden de los pasos es coherente con los principios de planeación y legalidad establecidos en la Ley 80 de 1993, la cual regula la contratación estatal en Colombia.
Como bien explicó Alfaro: “En este momento no pueden estar en fase 3 porque apenas estamos asegurando la fuente presupuestal”. La analogía es clara: una persona no puede comprar un bien si no tiene el dinero suficiente para ello. De igual forma, el gobierno debe garantizar la disponibilidad de recursos antes de avanzar en la ejecución de proyectos.
Otro argumento que ha sido utilizado, y que carece de fundamento, es la preocupación por no conocer la tasa de interés del crédito. La tasa solo se podrá determinar una vez se firme el contrato con la entidad financiera, ya que dependerá de las condiciones del mercado en ese momento. El artículo 354 de la Constitución y la Ley 358 de 1997 permiten que los departamentos y municipios puedan celebrar contratos de crédito público ajustados a las mejores condiciones disponibles en el mercado, siempre y cuando respeten los límites establecidos por la ley. Para garantizar que no se presenten sorpresas financieras, el proyecto de empréstito se calculó con la tasa más alta permitida por el gobierno nacional, asegurando que cualquier variación futura en las condiciones del crédito sea favorable y no represente un riesgo financiero. Tal y como aclaró Alfaro: “El contrato no se celebrará con esa tasa, sino con la más baja posible.”
Un antecedente jurídico
El debate sobre el empréstito del Quindío ha traído a la memoria lo ocurrido con el empréstito de $176.000 millones aprobado por el Concejo de Armenia, el cual fue declarado inválido por el Tribunal Administrativo del Quindío debido a un error de procedimiento. Este antecedente resalta la importancia de seguir rigurosamente los procesos legales y administrativos establecidos para evitar consecuencias jurídicas que puedan afectar el bienestar de los ciudadanos.
Alfaro recordó que la Gobernación no revisó el empréstito por un capricho, sino que el artículo 305 de la Constitución la obliga a “revisar los actos de los concejos municipales y de los alcaldes y, por motivos de inconstitucionalidad o ilegalidad, remitirlos al tribunal competente para que decida sobre su validez. En ese sentido, la Gobernación actuó con responsabilidad al identificar un error técnico en el proceso: la autorización no estaba sujeta a una temporalidad, un requisito obligatorio por ley. En cumplimiento de la normativa, la Gobernación advirtió el error, y el empréstito fue aprobado correctamente después de que el error fue corregido.
“Si dejo pasar un proyecto con errores evidentes, puedo llegar a tener responsabilidad”, explicó Alfaro, subrayando la importancia de una gestión pública conforme a la ley.
Una oposición sin sustento
El secretario Jurídico destacó que la Gobernación respeta y valora el trabajo de la Asamblea Departamental, pero también fue enfático al señalar: “No puedo hacerle control político a algo que aún no ha sucedido”. Es decir, la oposición debe estar basada en hechos concretos y no en suposiciones sin fundamento técnico o legal. “Todo se hará de acuerdo con la ley”, afirmó Alfaro, refiriéndose a la transparencia y legalidad con que se ejecutarán las acciones relacionadas con el empréstito.
El empréstito es una herramienta clave para el desarrollo del departamento, y que Jorge Ricardo Parra, Jorge Iván Yusti y Hugo Aristizábal hayan votado en contra sin argumentos sólidos solo demuestra una oposición vacía, más preocupada por intereses políticos que por el progreso del Quindío. La falta de una discusión técnica profunda y la ausencia de un análisis jurídico adecuado son signos de que, en este caso, la política ha primado sobre las necesidades reales de los ciudadanos.
Aquí finito
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