Por medio del Decreto 2497 del 16 de diciembre de 2022, el Gobierno Nacional estableció los rangos diferenciales por riesgo de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT.
De acuerdo con la normativa que entró en vigor para algunas categorías de vehículos, establece que los ciclomotores, motos de menos de 100 cc, motos de 100 cc y hasta 200 cc,motocarros tricimotos y cuadriciclos, motocarros cinco pasajeros, autos de negocios, taxis y microbuses urbanos, servicio público urbano, buses y busetas y vehículos de servicio público intermunicipal, tendrán un valor a pagar del 50% aproximadamente del precio final al 14 de diciembre del presente año.
Cabe mencionar que, los pagos por servicios de salud que superen los topes de cobertura (300 salarios mínimos) y hasta 800 salarios mínimos, serán reconocidos por la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, ADRES.
Igualmente, cuando estos servicios de salud excedan los topes de coberturas establecidos en el presente artículo serán asumidos por la entidad promotora de salud a la que se encuentra afiliada la víctima, por las administradoras de los regímenes Especial y de Excepción cuando la persona pertenezca a esta, o por la ARL a la que se encuentre afiliado en caso de ser un accidente de laboral.
Esta cobertura en salud solo será aplicable para las pólizas de las categorías de vehículos establecidos y que sean expedidas apartir del lunes 19 de diciembre, fecha en la que entra en vigencia el presente decreto.
Finalmente, habrá una disminución en el valor del SOAT por única vez, donde los propietarios
de los vehículos que registren un buen comportamiento vial por no reportar siniestros
que afecten la póliza y que hayan renovado el seguro de manera oportuna, (antes de su vencimiento), tendrán derecho a la disminución del 10% en el valor del mismo.
“Estamos cumpliendo una promesa presidencial de campaña y lo que le habíamos dicho a los motociclistas, taxista y camioneros”, concluyó Guillermo Reyes, ministro de Transporte.






