El Tribunal Administrativo del Quindío falló a favor del rector de la Universidad del Quindío, José Fernando Echeverry, en la demanda interpuesta por el abogado Sabel Reinerio Arévalo.
A principios de junio, Arévalo acudió a la rama judicial alegando que el rector del Alma Mater incurrió en causal de inhabilidad contenida en el Artículo 32 del Acuerdo 05 del 28 de febrero de 2005, Estatuto General de la Universidad, así como lo dispuesto por el Artículo 48 del Acuerdo 11 del 2010 relacionado con “…no tener sanciones penales, disciplinarias y/o administrativas vigentes”. Con estos argumentos, el abogado solicitó nulidad inmediata en su reciente elección por parte del Consejo Superior para el periodo 2019 – 2023. Sin embargo, el TAQ resolvió en mantener la envestidura de Echeverry al declarar que no existía hechos que llevaran dicha acción.
Echeverry en un comunicado emitido en las últimas horas, afirmó que “siempre ha actuado bajo el amparo de la ley, las normas que rigen la función pública y en concordancia con la autonomía universitaria.” Y señaló que estas actuaciones pertenecen a “oscuras intenciones para desestabilizar el fortalecimiento institucional”.








