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Home»Colombia»El río Cauca fue reconocido como víctima del conflicto armado al considerarse una fosa común

El río Cauca fue reconocido como víctima del conflicto armado al considerarse una fosa común

22 julio, 2023
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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) acreditó al río Cauca, como víctima del conflicto armado, ya que fue utilizado como fosa común por parte de los grupos paramilitares con apoyo de miembros de la Fuerza Pública, en el Cauca y el Valle del Cauca, donde víctimas y victimarios han contado como durante los tiempos más crudos del conflicto, miles de cadáveres fueron lanzados al río y que aún no han podido ser recuperados.

“La JEP acreditó por primera vez a un río como víctima de graves afectaciones sufridas en el conflicto armado en Colombia. La decisión se tomó en respuesta a la petición que presentaron los Consejos Comunitarios Afrocolombianos del norte del Cauca, que han señalado las graves afectaciones que ha sufrido el río Cauca a causa de su utilización como fosa común, el uso de mercurio para la minería ilegal y el vertimiento de químicos derivados de la producción de sustancias ilícitas, por parte de grupos al margen de la ley”, señaló la JEP.


Es así que, la Sala de Reconocimiento expresó que entre el 2000 a 2004 se realizó una conducta sistemática permitida por la fuerza pública, y realizada por grupos paramilitares, en la cual se asesinaban las personas y luego arrojarlas al río Cauca para que nunca pudieran ser encontradas.

Estos hechos no solo afectaron la vida de estas personas, sino también al medio ambiente. Miles de cadáveres fueron lanzados al río. Esto afectó sus aguas, las especies que lo habitan y vulneró, profundamente, la relación de decenas de comunidades étnicas con la naturaleza.

En el Caso 05, que prioriza la situación territorial del norte de Cauca y del sur de Valle del Cauca, “la JEP ha escuchado los testimonios de los principales líderes del extinto Bloque Calima de las AUC. En sus relatos han referido la existencia de alianzas de esa organización con miembros de la fuerza pública que operaban la región para desaparecer a sus víctimas. Esta información ha sido confirmada en diversas fuentes como versiones libres realizadas en Justicia y Paz, informes y narraciones de las víctimas” añadió la JEP.

En este sentido, la decisión también resaltó que los delitos contra la naturaleza constituyen graves infracciones contra el Derecho Internacional Humanitario -DIH que pueden constituir crímenes de guerra.

Por lo tanto, la JEP recordó que, la Norma 43 consuetudinaria del Comité Internacional de la Cruz Roja, establece que existen tres principios generales sobre la conducción de las hostilidades que se aplican al medio ambiente que se vulneran en el caso de crímenes contra la naturaleza:

-Ninguna parte del medio ambiente natural puede ser atacada, a menos que sea un objetivo militar.

-Está prohibida la destrucción de cualquier parte del medio ambiente natural, salvo que lo exija una necesidad militar imperiosa.

-Está prohibido lanzar ataques contra objetivos militares de los que quepa prever que causen daños incidentales al medio ambiente natural que sean excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa prevista. 

Así pues, en este caso territorial se han demostrado graves afectaciones al río Cauca causadas por prácticas relacionadas con el conflicto que han alterado sus aguas y las especies que habitan en él, así como también su profunda relación con las comunidades étnicas de la región.

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