La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó que una persona puede ser judicializada por zarandear o sacudir violentamente a un niño, al considerarse como una causal de maltrato infantil.
Estos actos, con o sin intención, pueden terminar en lesiones físicas, psicológicas y hasta la muerte del menor.
“Resulta razonable asegurar que las sacudidas violentas son expresiones agresivas que, si son dirigidas hacia un menor, constituyen maltrato infantil y pueden producir lesiones o la muerte”, señaló la Corte.
La Alta Instancia señala que, quien cometa este delito contra un infante, sería condenado por homicidio agravado, en modalidad preterintencional, es decir, se tiene la intención de lastimar al menor pero sin la intención de causar el fallecimiento.
Esto se da luego de conocerse el caso de Nelson Ricardo Solano, quien luego de sacudir fuertemente a su nieta de 9 meses de edad para que dejara de llorar, queda inconsciente, siendo llevada a un centro asistencial, llegando lamentablemente sin vida por la intensidad de las lesiones.
De acuerdo con el fallo de la Corte, el hombre “quedó solo en la casa donde residía, con su nieta, porque Ingrid María Solano Riatiga, madre de la menor, había salido a la tienda”.
A su vez, detalla que “momentos después regresó a la casa, encontrando sin signos vitales a su hija, por lo que, junto con Solano Vega, llevaron a la menor al hospital de Suba, San Pedro Claver, de esta ciudad y al ingresarla, llegó sin signos vitales”.
Por esto, el hombre fue juzgado a 25 años de prisión, pero la Corte Suprema manifestó que la condena no tenía razón de ser pues el hombre no tuvo la intención de asesinar a su nieta, pues al percatarse de lo sucedido trato de auxiliarla, por lo que su pena fue reducida a12 años y 6 meses de prisión bajo el delito de homicidio en modalidad preterintencional.







