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Home»Locales»QUINDÍO»Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al exalcalde de Génova, Jhon Didier Grisales

Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al exalcalde de Génova, Jhon Didier Grisales

27 agosto, 2013
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Por presuntas irregularidades en el cumplimiento de la ley de contratación estatal.


 

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al señor Jhon Didier Grisales, en calidad de alcalde municipal de Génova (Quindío) para la época de los hechos, por presuntas irregularidades en el cumplimiento de la ley de contratación estatal.

El entonces mandatario deberá responder por haber contratado con un particular para realizar la adecuación de la planta de suplemento alimenticio del municipio, escogiendo una modalidad de contratación inexistente a la fecha de la firma del contrato, es decir, el decreto 3576 de 2009, norma que estaba suspendida por el Consejo de Estado; ya que la que procedía era la selección abreviada de menor cuantía.

De igual forma, aparentemente se pactó el contrato por un valor inicial de 14 millones 306 mil pesos y posteriormente se le realizó una adición de $7 millones 153 mil pesos, para un monto total de $21 millones 459 mil pesos, cantidad que supera el 10 % de la menor cuantía, incumpliendo con ello lo establecido en el artículo 24 de la ley 80, principio de transparencia, al obviar el proceso de selección y contratar en forma directa, restringiendo la participación de más oferentes y resultando, con este actuar, un posible fraccionamiento del contrato.

Por último, el disciplinado deberá responder por la posible falta de haber omitido su deber legal de realizar un estudio previo y una planeación del objeto a contratar, donde se dejaron por fuera actividades previsibles para poder adaptarlo a la modalidad de contratación que escogieron.

Con dicho proceder, posiblemente se violó el artículo 6 de la Constitución Política, al no haber consultado previamente la normatividad vigente para haber iniciado el proceso de selección del contratista y haber desacatado, aparentemente, las normas de contratación.

La falta se califica provisionalmente como grave, culposa a título de dolo.

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