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Home»Colombia»Corte Constitucional ordena devolver impuestos de licores y apuestas de emergencia económica

Corte Constitucional ordena devolver impuestos de licores y apuestas de emergencia económica

15 abril, 2026
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La Corte Constitucional declaró inexequible, de manera unánime, el Decreto 1474 de 2025, mediante el cual el Gobierno nacional había impuesto un IVA del 19% a los licores y gravámenes a las apuestas en línea durante la emergencia económica decretada en diciembre del año pasado.

Con esta decisión, el alto tribunal dejó sin efecto todas las medidas tributarias contempladas en el decreto, al considerar que no cumplían con los requisitos constitucionales para haber sido expedidas bajo un estado de emergencia.


El fallo implica que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) deberá devolver los dineros recaudados durante el tiempo en que la norma estuvo vigente, es decir, entre el 30 de diciembre de 2025 y el 28 de enero de 2026. Se estima que el monto a reintegrar asciende a cerca de 25.000 millones de pesos.

La decisión se da luego de que la Corte también tumbara el denominado “decreto madre” (1390 de 2025), con el cual se declaró la emergencia económica, lo que dejó sin sustento jurídico las tributarias adoptadas posteriormente.

El alto tribunal fue enfático al señalar que no existían hechos extraordinarios que justificaran la adopción de estas medidas por la vía excepcional, sin el trámite ordinario en el Congreso de la República.

En consecuencia, ordenó que los impuestos directos e indirectos cobrados durante la vigencia del decreto no sean objeto de declaración, liquidación o cobro, y que aquellos que ya fueron pagados sean devueltos a los contribuyentes que acreditan haber realizado dichos pagos.

Para ello, la DIAN tendrá un plazo de 30 días para establecer los mecanismos de devolución, utilizando los instrumentos existentes o implementando nuevos procedimientos si es necesario.

No obstante, la Corte aclaró que las situaciones jurídicas que ya quedaron en firme durante la vigencia del decreto no serán modificadas, por lo que quienes accedieron a beneficios tributarios en ese período podrán conservarlos.

La norma anulada contemplaba, entre otras, el aumento del impuesto al consumo de licores del 5 % al 19 %, así como nuevos gravámenes a apuestas en línea, cigarrillos y ajustes al impuesto al patrimonio.

Con este fallo, estos cobros quedan sin validez y los precios de productos como los licores deberán ajustarse nuevamente, mientras avanza el debate sobre las alternativas del Gobierno para enfrentar el déficit fiscal.

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