El Consejo de Estado suspendió de manera provisional la Resolución 064 de 2024, mediante la cual el Gobierno del presidente Gustavo Petro autorizó la instalación de una mesa de diálogos de paz con la autodenominada Segunda Marquetalia, al considerar que esa estructura no puede ser tratada jurídicamente como un grupo armado con estatus político.
La decisión, adoptada dentro del estudio de una demanda de nulidad, deja sin efectos temporales el acto administrativo que dio origen a la mesa de negociación, mientras el alto tribunal resuelve de fondo el caso. Con ello, queda frenado, por ahora, uno de los procesos enmarcados dentro de la política de ‘paz total’ impulsada por el Gobierno Nacional.
La demanda fue presentada por la Fundación para el Estado de Derecho, que argumentó que el Ejecutivo desconoció los alcances de la Ley 2272 de 2022, al otorgarle a la Segunda Marquetalia el tratamiento de grupo armado organizado al margen de la ley, condición que habilita negociaciones de carácter político.
En un auto con ponencia del magistrado Carlos Fernando Mantilla Navarro, el Consejo de Estado concluyó, de manera preliminar, que la Segunda Marquetalia no encaja dentro de la categoría de Grupo Armado Organizado al Margen de la Ley (GAOML), sino que corresponde a una Estructura Armada Organizada de Crimen de Alto Impacto (EAOCAI).
Según el alto tribunal, la legislación colombiana establece un tratamiento diferenciado para estas organizaciones. Mientras los GAOML pueden participar en negociaciones políticas orientadas a la firma de acuerdos de paz, las EAOCAI únicamente pueden acceder a procesos de sometimiento a la justicia y desmantelamiento de sus estructuras criminales.
El Consejo de Estado sostuvo que el Gobierno habría excedido las facultades otorgadas por la Ley de Paz Total al conferirle a la Segunda Marquetalia una naturaleza jurídica distinta a la prevista por la norma, con el fin de habilitar un proceso de negociación política.
Para el tribunal, la organización está integrada por excombatientes que abandonaron el Acuerdo de Paz y retomaron las armas, circunstancia que implica la pérdida de cualquier estatus político y su clasificación como una estructura de crimen organizado.
La Presidencia de la República se opuso a la medida cautelar, argumentando que una interpretación restrictiva de la Ley 2272 limitaría la aplicación práctica de la política de paz total, teniendo en cuenta que varios grupos armados actuales están conformados por antiguos integrantes de organizaciones que en su momento firmaron acuerdos con el Estado y posteriormente reincidieron en actividades ilegales.
No obstante, el Consejo de Estado aclaró que el debate no se centra en la conveniencia política de dialogar con la Segunda Marquetalia, sino en determinar si el Gobierno contaba con respaldo legal para abrir una mesa de negociación bajo las condiciones establecidas en la ley.
Aunque la decisión tiene importantes efectos jurídicos, el propio Gobierno había informado en marzo de 2026 que desde noviembre de 2024 no existía ninguna mesa activa de negociación ni acercamientos formales con la Segunda Marquetalia, grupo históricamente asociado a Iván Márquez.
La suspensión tendrá vigencia mientras el Consejo de Estado estudia de fondo la demanda de nulidad contra la Resolución 064 de 2024, fallo que podría definir el alcance de la política de paz total frente a otras estructuras armadas con características similares.








