La seguridad de quienes transitan por el puente helicoidal El Molinillo, en Calarcá, tendrá que ser objeto de nuevas medidas. El Tribunal Administrativo del Quindío declaró que el Instituto Nacional de Vías (INVÍAS) vulneró el derecho colectivo a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, y ordenó adelantar estudios e intervenciones para reducir los riesgos en este corredor de la ruta nacional 4003.
La decisión quedó consignada en la Sentencia 191 del 29 de octubre de 2026, emitida por la Sala Primera de Decisión en primera instancia, dentro de una acción popular promovida por Juan Esteban Santiago Caro, estudiante de sexto semestre de Derecho de la Corporación Universitaria Empresarial Alexander von Humboldt.
La iniciativa surgió como parte de un proyecto académico denominado Litigio Estratégico, mediante el cual el estudiante llevó ante la justicia una problemática relacionada con la protección de los derechos e intereses colectivos de quienes utilizan esta infraestructura vial.
Sesenta siniestros encendieron las alertas
Uno de los elementos que motivó la acción popular fueron los registros de accidentalidad en el sector. De acuerdo con la demanda, entre febrero de 2022 y junio de 2025 se presentaron 60 siniestros viales en un tramo aproximado de dos kilómetros.
Durante el proceso también se incorporaron informes de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), que identificaron diferentes factores de riesgo en el corredor y permitieron examinar las condiciones de seguridad de la infraestructura.
El debate judicial no buscaba establecer responsabilidades individuales por el accidente ocurrido en 2025, sino determinar si persistían condiciones peligrosas para los usuarios y si las medidas implementadas por INVÍAS eran suficientes para prevenir nuevos siniestros.
Tras valorar las pruebas, el Tribunal declaró no probadas las excepciones de mérito presentadas por la entidad y concluyó que era necesario adoptar medidas adicionales para proteger a quienes transitan por este tramo.
¿Qué tendrá que hacer INVÍAS?
Entre las principales órdenes está la realización de un estudio técnico integral de seguridad vial, que deberá adelantarse en un plazo de seis meses, contados a partir de la ejecutoria de la sentencia.
La evaluación deberá contemplar los índices de accidentalidad, las condiciones geométricas de la carretera, las pendientes, los sistemas de contención, la señalización, la iluminación y la velocidad de operación, entre otros factores.
Una vez recibido el estudio, INVÍAS tendrá dos meses para formular un Plan Integral de Intervención para la Reducción del Riesgo Vial. Este documento deberá establecer las prioridades, los responsables, el cronograma de actividades y los mecanismos de financiación.
Las intervenciones definidas tendrán que ejecutarse en un plazo de hasta doce meses, de acuerdo con los términos establecidos en la providencia.
Adicionalmente, el Tribunal ordenó que, durante el primer mes siguiente a la ejecutoria del fallo, se revisen y refuercen las medidas preventivas existentes, especialmente las relacionadas con el control de velocidad, señalización, bandas alertadoras, barreras de contención, iluminación y mantenimiento de la superficie de rodadura.
Un comité vigilará el cumplimiento
Para garantizar el seguimiento de las disposiciones judiciales, se ordenó conformar un comité de verificación integrado por el magistrado ponente, el estudiante demandante, un delegado de INVÍAS y un representante del Ministerio Público.
Este equipo tendrá la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de las acciones ordenadas y verificar los avances de la entidad en materia de prevención e intervención.


