
El Personero Municipal de Armenia, Carlos Alberto Mejía Mejía, invita a la ciudadanía del municipio para que conforme veedurías que cumplan el control social ante diversos temas y proyectos específicos, en donde el principal papel de las mismas sea “estar atentos frente a lo que pueda afectar de una u otra forma los interés públicos de los ciudadanos”. Además señaló: “es vital que los ciudadanos conformen estas veedurías que están reglamentadas por la Ley 850 de 2003. Por eso, instamos a los ciudadanos a que le hagan control a temas como los de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y a Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS). Y sobre todo, hoy en día, espero que ciudadanos interesados conformen veedurías ciudadanas relacionados con el tema de las cárceles, un problema de alto impacto en la sociedad”.
La Personería Municipal presta el servicio de asesoría para la conformación de las veedurías y hace el registro de las mismas cuando cumplen con los requisitos establecidos por la ley.
Definición de Veedurías
De acuerdo a la Ley 850 de 2003, la Veeduría se define como “el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades, administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público”.






