El Ministerio de Salud y Protección Social desautorizó el pronunciamiento emitido por el Instituto Nacional de Cancerología (INC), en el que se anunciaba una restricción temporal en la prestación de servicios a nuevos pacientes afiliados a la Nueva EPS.
La cartera de Salud señaló que dicha decisión, liderada por la directora del Instituto, Carolina Wiesner, contraviene lo establecido en la Ley Estatutaria 1751 de 2015, que regula el derecho fundamental a la salud en Colombia.
De acuerdo con el Ministerio, el artículo quinto de esta norma establece la obligación del Estado de abstenerse de adoptar decisiones que afecten directa o indirectamente el derecho a la salud, que generen deterioro en la atención de la población o que impliquen acciones u omisiones que puedan ocasionar daños en la salud de las personas.
En ese sentido, la restricción anunciada por el Instituto Nacional de Cancerología afectaría el principio de oportunidad en la atención en salud, así como el acceso a servicios y tecnologías médicas necesarias para garantizar una atención integral, oportuna y de calidad a los usuarios.
El Ministerio también recordó que el INC es una entidad adscrita a esta cartera, según lo establecido en el Decreto 4107 de 2011, por lo que debe actuar en coherencia con los lineamientos y directrices del sector salud.
Finalmente, la entidad reiteró que las decisiones institucionales deben estar alineadas con la garantía del derecho fundamental a la salud y la protección de los pacientes, especialmente aquellos que requieren atención especializada como en el caso del cáncer.








