Tras varios años de ocurridos los hechos, la justicia colombiana profirió una de las sentencias más contundentes por crímenes cometidos contra comunidades indígenas en el Caribe colombiano. La Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla declaró penalmente responsable al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso Gómez por 117 hechos delictivos perpetrados contra la población wayúu y otras comunidades del departamento de La Guajira.
De acuerdo con la decisión judicial, los crímenes se cometieron entre los años 2002 y 2006, período en el que operó el denominado Frente Contrainsurgencia Wayúu, una estructura armada adscrita al Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). El tribunal inició que este grupo actuó bajo las directrices de sus máximos comandantes, entre ellos Mancuso, y desarrolló una estrategia sistemática de violencia contra la población civil.
Según la Fiscalía General de la Nación, durante esos años los hombres bajo el mando de Mancuso incurrieron en homicidios, desapariciones forzadas, desplazamientos masivos, hechos de violencia basada en género y otras graves violaciones a los derechos humanos, dirigidas de manera reiterada contra comunidades indígenas asentadas en el norte de La Guajira.
Uno de los hechos más graves documentados en el proceso corresponde a la incursión armada en la ranchería Manaki, ubicada en el municipio de Uribia, ocurrido el 10 de octubre de 2003. En ese ataque, varios indígenas wayúu fueron golpeados, amenazados y sometidos a maltratos durante cerca de cuatro horas. Además, los hombres armados destruyeron y se apropiaron de bienes simbólicos de la cultura wayúu, como chinchorros, mochilas, sombreros y mantas bordadas, elementos que constituían tanto su sustento económico como parte esencial de su identidad cultural.
La sentencia también atribuyó al Frente Contrainsurgencia Wayúu el homicidio de dos indígenas en la ranchería Kepischon, ocurrido el 17 de marzo de 2002, así como otros hechos que evidenciaron un patrón reiterado de persecución, control territorial y sometimiento de las comunidades indígenas de la región.
En materia de sanciones, el fallo condenó a Salvatore Mancuso a 40 años de prisión, al pago de una multa equivalente a 30.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y a la inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo período. No obstante, en aplicación de los beneficios contemplados en la Ley 975 de 2005, conocida como Ley de Justicia y Paz, la sentencia establece una pena alternativa de ocho años de prisión, condicionada al cumplimiento efectivo de los compromisos de verdad, reparación integral y garantías de no repetición.
La Sala de Justicia y Paz también reconoció como sujetos de reparación colectiva a las comunidades indígenas wayúu de Carraipia, Majayura y Malaki, en el municipio de Uribia, así como a la comunidad de Matitas, en Riohacha, al considerar que fueron afectados de manera directa y continuada por el accionar paramilitar.
El caso ha generado fuertes reacciones debido a la condición actual de Mancuso como gestor de paz, designado tras su regreso a Colombia luego de cumplir una condena por narcotráfico en Estados Unidos. Para las víctimas del paramilitarismo, esta sentencia representa un paso clave en la búsqueda de verdad, justicia y reparación, mientras el debate público continúa entre quienes ven en su participación una oportunidad de reconciliación y quienes advierten riesgos de impunidad..







