El próximo 10 de octubre entra en vigencia la Ley 2003 de 2023, más conocida como la ‘Ley dejen de Fregar’, con la cual se busca que las entidades como bancos, establecimientos comerciales, fundaciones, operadores de telefonía y demás que ejerzan actividades de cobranza no llamen a sus deudores por fuera del horario laboral, así como los domingos y festivos.
En este sentido, las llamadas podrán hacerse de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m., y los sábados de 8:00 a.m. a 3:00 p.m., una vez al día y mediante un solo canal dentro de la misma semana.
Los domingos y festivos será prohibido y en caso de no cumplir con la norma, las entidades recibirán una multa.
Asimismo, estas empresas no podrán ponerse en contacto con las referencias personales, únicamente lo deberán hacer con el deudor o codeudor.
Por otra parte, se le solicita al Gobierno crear un “Registro de números excluidos”, donde las personas que no deseen recibir llamadas, mensajes o correos de este tipo o de contacto comercial puedan inscribirse.
Es importante tener en cuenta, que se tendrán algunas excepciones con fines informativos como la confirmación oportuna de alguna operación monetaria, o referente a ahorros y cesantías.






