La Corte Suprema de Justicia declaró improcedente la acción de tutela presentada por Diego Marín Buitrago, conocido como alias ‘Papá Pitufo’, con la que buscaba frenar su extradición desde Portugal hacia Colombia y cuestionar el proceso penal en su contra. Con esta decisión, el trámite judicial y de extradición continúa su curso sin suspensión.
El alto tribunal determinó que el recurso no cumplía con los requisitos legales de subsidiariedad ni evidenciaba una vulneración de derechos fundamentales, razón por la cual no era procedente su estudio de fondo. En consecuencia, el proceso de extradición seguirá dependiendo de la decisión de las autoridades portuguesas sobre la solicitud de asilo presentada por el señalado.
Alias ‘Papá Pitufo’ es señalado por la Fiscalía General de la Nación como presunto líder de una red de contrabando que habría logrado infiltrarse en distintas instituciones del Estado mediante sobornos y tráfico de influencias. Según las investigaciones, su estructura criminal habría facilitado el ingreso de grandes cargamentos de mercancía ilegal al país, con presunta participación de funcionarios públicos y miembros de la Fuerza Pública.
El expediente judicial indica que Marín Buitrago, considerado uno de los mayores contrabandistas del país, permanece en libertad en Portugal mientras se resuelve su situación migratoria y de asilo. Su captura fue ordenada el 11 de marzo de 2024, fecha a partir de la cual se activó una circular roja de Interpol que permitió su localización en Europa.
El proceso penal en Colombia también ha avanzado en paralelo. Un juzgado lo declaró en contumacia -al considerar su ausencia reiterada- y continuó con la imputación de cargos y la imposición de medida de aseguramiento. Este punto fue uno de los argumentos centrales de la tutela, en la que su defensa alegaba vulneración del derecho al debido proceso por no poder ejercer su defensa material.
No obstante, la Corte Suprema desestimó esos argumentos al señalar que el procesado cuenta con mecanismos dentro del proceso ordinario para controvertir las decisiones judiciales, especialmente en etapas posteriores como el juicio o la apelación. Además, respaldó la actuación de los jueces al considerar que Marín conocía el proceso y decidió no comparecer en varias oportunidades.
“La tutela no es una tercera instancia”, recordó el alto tribunal, al reiterar que este mecanismo no puede utilizarse para reabrir debates ya definidos por la justicia ordinaria.







