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Home»General»Sancionan con $1.020 millones a los de ‘Cruz de Gólgota’

Sancionan con $1.020 millones a los de ‘Cruz de Gólgota’

30 julio, 2012
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La Superintendencia de Industria y Comercio, (SIC), anunció que impuso una sanción a la compañía Feoh Ur Internacional S.A.S., por más de 1.020 millones de pesos, comercializadora de la ‘Cruz de Gólgota’.


Dice el informe de prensa que también castigó administrativamente con cierre definitivo de todos los establecimientos de comercio de la firma investigada, además del cese, la corrección y el retiro de toda la publicidad sobre el producto de “La Cruz de Gólgota” en un término de 24 horas.

La entidad en uso de sus facultades de policía procedió a interponer estas sanciones y órdenes administrativas, porque este producto anunciaba de forma errada que la cruz era elaborada con una piedra del monte Gólgota o monte calvario donde murió Jesucristo, y bañada en oro de 18 quilates.

Para el superintendente de Industria y Comercio, José Miguel De La Calle, “esta es una muestra más del alcance de estas prácticas reprochables que perjudican a los consumidores. Con el mayor rigor y responsabilidad, hemos enfilado nuestros esfuerzos a que el desarrollo de la publicidad sea lo más expreso posible de cara a los compradores, y que si se anuncian determinadas características de un producto, éstas sean reales y comprobables, y no perjudiquen la buena fe o las necesidades de los consumidores”.

Para efecto de graduar la multa, la Superintendencia de Industria y Comercio tuvo en cuenta que la investigada infringió todos los criterios establecidos en el parágrafo 1° del artículo 61 de la Ley 1480 de 2011, relacionados con el daño causado a los consumidores.

La persistencia en la conducta infractora, la reincidencia en la comisión de las infracciones en materia de protección al consumidor, la disposición o no de buscar una solución adecuada a los consumidores y colaborar con las autoridades competentes y los beneficios económicos que se hubieren obtenido para el infractor o terceros, dice el informe de prensa.

La presente decisión que tiene recurso de reposición y apelación, utilizó también pruebas contundentes del programa de televisión dominical “Séptimo día”.

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