El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad negó la solicitud de extinción de la pena presentada por la defensa de Daneidy Barrera Rojas, conocida en redes sociales como ‘Epa Colombia’, quien cumple una condena superior a cinco años de prisión impuesta por la Corte Suprema de Justicia.
La decisión judicial concluyó que no se cumplen los requisitos legales para aplicar los beneficios contemplados en la Ley 2477 de 2025, norma invocada por la defensa bajo el enfoque de justicia restaurativa. De acuerdo con el juzgado, dicha legislación no es procedente para dejar sin efectos la condena ni para modificar la dosificación de la pena en este caso.
Con este fallo, la creadora de contenido y empresaria deberá continuar privada de la libertad en la Escuela de Carabineros de la Policía, en Bogotá, donde permanece recluida desde el 30 de enero de 2025, fecha en la que la Corte Suprema dejó en firme la sentencia de 63 meses y 15 días de prisión.
La condena se deriva de los hechos ocurridos durante el paro nacional de noviembre de 2019, cuando Barrera Rojas vandalizó la estación Molinos de TransMilenio y destruyó equipos del sistema de transporte masivo. Por estos actos, fue declarada responsable de los delitos de daño en bien ajeno agravado, perturbación del servicio de transporte público, colectivo u oficial, e instigación a delinquir con fines terroristas.
En su fallo, el alto tribunal sostuvo que la difusión de los actos vandálicos a través de redes sociales tenía la capacidad de incitar a terceros a replicar conductas delictivas y generar estados de zozobra y temor en la ciudadanía, por lo que consideró que la conducta excedió los límites de la protesta social.
La estrategia jurídica de la defensa también incluyó conceptos de organizaciones externas y solicitudes previas como la aplicación de la ley de utilidad pública y el reconocimiento de Barrera Rojas como madre cabeza de familia. No obstante, estas peticiones fueron rechazadas al no cumplir con los criterios establecidos en la normativa vigente ni con la naturaleza de los delitos por los que fue condenada.
La sentencia de la Corte Suprema también ratificó la negación de beneficios como la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria, por lo que la influencer deberá cumplir la totalidad de la condena en establecimiento carcelario.
Tras la negativa del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas, la defensa presentó recurso de apelación tanto frente a la extinción de la pena, por lo que el caso continuará su trámite en segunda instancia. Entretanto, Daneidy Barrera Rojas seguirá cumpliendo su condena de cinco años y tres meses de prisión.






