El Tribunal Superior de Cali confirmó en segunda instancia la responsabilidad penal de Andrés Gustavo Ricci García por el feminicidio agravado de la excampeona mundial de patinaje Luz Mery Tristán, asesinada entre el 4 y el 5 de agosto de 2023 en Cali. Sin embargo, la corporación modificó la pena impuesta inicialmente y la estableció en 41 años y 8 meses de prisión.
La decisión mantuvo la calificación jurídica del crimen como feminicidio agravado y respaldó los elementos probatorios valorados durante el proceso, entre ellos aquellos relacionados con el contexto de violencia y control que, de acuerdo con la Fiscalía, existía en la relación entre Ricci García y Tristán.
Según el ente acusador, el empresario ejerció violencia física, verbal y psicológica contra la deportista, en un contexto marcado por los celos, antes de causarle la muerte con un arma de fuego en la vivienda ubicada sobre la vía que conduce al cerro de Cristo Rey, en la comuna 19 de Cali.
Tras el crimen, funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación, CTI, y de la Policía Metropolitana de Cali llegaron al inmueble, donde encontraron a Ricci García con un arma de fuego en la mano y el cuerpo de Luz Mery Tristán en una de las habitaciones.
Tribunal excluyó el delito relacionado con el arma
Uno de los cambios introducidos en segunda instancia estuvo relacionado con el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.
La Sala Penal acogió la solicitud de la Fiscalía para excluir este delito de la condena, al establecer que Ricci García contaba con el permiso correspondiente para portar el arma. Por este motivo, la pena total fue reducida frente a los 45 años y 9 meses de prisión que habían sido impuestos por el Juzgado 14 Penal del Circuito de Cali el 4 de marzo de 2025.
No obstante, la modificación de la pena no cambió la responsabilidad por el feminicidio agravado. El Tribunal mantuvo la condena por este delito y también la inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas durante 20 años.
La violencia previa, uno de los elementos del proceso
Durante el juicio, la Fiscalía presentó pruebas sobre el contexto de la relación entre Ricci García y Luz Mery Tristán. Según la investigación, existían antecedentes de violencia, celos y comportamientos de control hacia la deportista.
La segunda instancia mantuvo los elementos centrales que habían sustentado la condena inicial y descartó la versión de que la muerte hubiera ocurrido como consecuencia de un accidente o en medio de un intento de impedir un supuesto suicidio. Entre las pruebas analizadas estuvieron aquellas relacionadas con el arma utilizada, el contexto previo de violencia y los hallazgos forenses.
La defensa había buscado modificar la calificación jurídica del hecho, planteando alternativas al feminicidio agravado, pero el Tribunal mantuvo la responsabilidad penal por este delito.
Luz Mery Tristán fue una de las figuras más destacadas del patinaje colombiano. En 1990 se convirtió en la primera colombiana en ganar un campeonato mundial de este deporte, consolidando una trayectoria que la convirtió en referente del deporte nacional.
Con la decisión de segunda instancia, Ricci García deberá cumplir la pena establecida por el Tribunal por el feminicidio agravado de la deportista, mientras la condena mantiene además la inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas durante 20 años.






