La alcaldía del municipio de Calarcá expidió el Decreto 093 en el cual se establecen las medidas en relación con el consumo, porte y distribución de sustancias psicoactivas y prohibidas en áreas de espacio público o lugares abiertos al público con presencia de menores en el municipio de Calarcá.
De acuerdo con la ordenanza, la prohibición se establece en un área de influencia de 300 metros alrededor de instituciones educativas públicas y privadas, escenarios deportivos, parques, plazoletas, barrios, urbanizaciones, sitios de interés cultural y religioso, lotes, calles, carreras y demás espacios públicos durante 24 horas del día y los 7 días de la semana.
“Esta es una herramienta que permite a la Policía Nacional actuar frente a la situación de la presencia de algunas personas que consumen sustancias psicoactivas cerca a lugares públicos o áreas abiertas afectando los entornos saludables creados para el disfrute de la familia y de los menores de edad”, indicó Mario Augusto Castaño, Secretario de Gobierno de Calarcá.






