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Home»Locales»QUINDÍO»“Consejo de Estado ratifica inocencia de Augusto González en caso de valorización de Armenia”: Faber Quintero Olaya

“Consejo de Estado ratifica inocencia de Augusto González en caso de valorización de Armenia”: Faber Quintero Olaya

21 julio, 2026
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El Consejo de Estado dejó en firme una decisión de alto impacto jurídico al declarar la nulidad de los fallos disciplinarios proferidos por la Procuraduría General de la Nación contra el exsecretario de Hacienda de Armenia, Augusto González Peralta, al concluir que en el proceso operó el fenómeno de la prescripción de la acción disciplinaria, con fundamento en el principio constitucional de favorabilidad.
La sentencia, emitida por la alta corporación, determinó que la actuación disciplinaria debía analizarse bajo la norma más favorable al investigado. En ese sentido, la Sala concluyó que, una vez entró en vigencia el artículo 33 de la Ley 1952 de 2019, modificado por la Ley 2094 de 2021, correspondía aplicar dicho régimen por mandato del principio de favorabilidad.

En su análisis, el Consejo de Estado recordó que los hechos investigados ocurrieron entre los años 2016 y 2017 y precisó que, incluso tomando como referencia el último día de 2017, el término de cinco años para el ejercicio de la acción disciplinaria ya había vencido antes de que existiera una decisión disciplinaria de primera instancia con efectos bajo el nuevo régimen aplicable.


Uno de los apartes más relevantes del fallo señala que “operó la prescripción de la acción disciplinaria”, razón por la cual no era posible mantener vigentes las sanciones impuestas por la Procuraduría. Además, la corporación descartó que la suspensión de términos durante la emergencia por COVID-19 pudiera extender el plazo de prescripción, al considerar que esa discusión ya había sido resuelta por su propia jurisprudencia.

La Sala también reiteró que la prescripción constituye una garantía del debido proceso y protege el derecho de toda persona a que su situación jurídica sea definida dentro de un plazo razonable. En consecuencia, sostuvo que el ejercicio del poder sancionatorio del Estado no puede prolongarse indefinidamente en perjuicio del investigado.

El abogado Faber Quintero Olaya, quien explicó públicamente el alcance de la sentencia, aseguró que la decisión del Consejo de Estado reivindica jurídicamente a Augusto González Peralta y pone fin al proceso disciplinario derivado del denominado caso de valorización en Armenia. Según el jurista, el fallo constituye un precedente sobre la aplicación del principio de favorabilidad en materia disciplinaria.

La decisión no se pronuncia sobre la conveniencia o inconveniencia del proyecto de valorización para el municipio de Armenia, sino sobre la legalidad del proceso disciplinario adelantado contra el exfuncionario. El eje central de la sentencia es la aplicación de las normas que regulan la prescripción y la protección de las garantías procesales del investigado.

Con este pronunciamiento, el Consejo de Estado cierra uno de los capítulos judiciales más relevantes derivados del sonado caso de valorización en Armenia. La sentencia reafirma que los principios de favorabilidad, debido proceso y seguridad jurídica prevalecen en el derecho disciplinario y constituyen límites al ejercicio de la potestad sancionatoria del Estado.

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