Desde hoy en Colombia, ocho de los plásticos de un solo uso que se utilizan en actividades diarias, salen de circulación.
La Resolución 0803 de 2024 establece medidas clave en la transición de Colombia hacia la eliminación de los 21 plásticos de un solo uso que serán eliminados progresivamente a 2030, según establece la Ley 2232 de 2022.
La nueva reglamentación aplica en todo el territorio nacional para los productores de envases y empaques, fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso y a las entidades públicas y privadas.
La ministra de Ambiente, Susana Muhamad, la Resolución define que, para permanecer en el mercado, los productos prohibidos deben presentar alternativas sostenibles enfocadas en la biodegradabilidad y compostabilidad en condiciones ambientales naturales; ser fabricados con 100% de materia prima reciclada de fuente nacional; y su aprovechamiento debe ser del 100% de la misma resina o mezcla de resinas de los productos puestos en el mercado.

De acuerdo con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, estos son los productos plásticos que salen del mercado:
Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial.
-Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas.
-Bolsas utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.
-Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.
-Mezcladores de plástico.
-Pitillos para bebidas.
-Soportes plásticos de copos algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.
-Soportes plásticos para las bombas de inflar.






