Sergio Díaz Granados, Ministro de Comercio Industria y Turismo radicó el proyecto 937 de 2013 en la secretaria General de la Cámara de Representantes. Esta iniciativa pretende reformar las Cámaras de Comercio del país referente a la administración y dirección, afiliados, régimen de las elecciones, matricula mercantil, entre otros temas.
La situación registrada en las votaciones en diferentes sedes entre ellas Barranquilla, al momento de efectuar la elección de los miembros a la junta directiva es uno de los motivos que pretende corregir esta norma.
La norma determina que “para ser miembro de la junta directiva se requiere haber ostentado la calidad de afiliado durante los dos (2) últimos años calendario previos al treinta y uno (31) de marzo del año correspondiente a la respectiva elección”.
Con respecto al periodo de los miembros de la Junta, este será modificado de la siguiente forma “Con excepción de los miembros designados por el gobierno nacional, los miembros de la junta directiva serán elegidos por cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos sucesivamente de manera indefinida”.
Las inhabilidades e incompatibilidades para los miembros de la Junta directiva serán las que determine la Ley 80 de 1993, Ley 734 de 2000, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 y demás normas que las adiciones o modifiquen.
Los requisitos para ser afiliado serán los siguientes: Tener como mínimo tres (3) años consecutivos de matriculado en cualquier Cámara de Comercio, haber ejercido durante este plazo la actividad mercantil y haber cumplido en forma permanente sus obligaciones derivadas de la calidad de comerciante, incluida la renovación oportuna de la matricula mercantil en cada periodo.
Para conservar la calidad de afiliado las personas naturales o jurídicas deberán acreditar que no se encuentran incursas en cualquiera de las siguientes circunstancias: Haber sido sancionado en procesos de responsabilidad disciplinaria con destitución o inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas, haber sido condenado penalmente por delitos dolosos, haber sido condenado en procesos de responsabilidad fiscal, haber sido excluido o suspendido del ejercicio profesional del comercio o de su actividad profesional y estar incluido en la lista de inhibitorias por lavado de activos o financiación del terrorismo.
Los actuales y nuevos comerciantes tendrán la oportunidad de hacerle seguimiento a este proyecto que fue radicado y muy pronto contará con la designación de los representantes a la Cámara ponentes para posterior debate en comisión.