Según Angélica María Ocampo Cruz, Subsecretaria de Movilidad, esta gestión permite a los antiguos propietarios desvincularse formalmente de vehículos de los cuales ya no tienen posesión, protegiéndose de posibles responsabilidades por accidentes de tránsito, fotomultas o actos ilícitos en los que el vehículo pueda estar involucrado. “El traspaso a persona indeterminada es un mecanismo legal que protege tanto el patrimonio como el historial jurídico del propietario original”, explicó Ocampo Cruz.
El trámite debe realizarse bajo ciertos requisitos:
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El propietario debe haber dejado de tener posesión física del vehículo al menos tres años antes.
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El propietario actual del vehículo debe estar registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
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El vehículo debe estar a paz y salvo en cuanto a multas, comparendos y obligaciones tributarias.
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Es necesario presentar el Formulario Único Nacional debidamente diligenciado, fotocopia de la cédula de ciudadanía y una declaración de extrajuicio realizada bajo la gravedad de juramento en la que se detalle la situación del vehículo.







