El Juzgado Sexto Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Armenia, Quindío, revocó la sanción de arresto y multa que había sido impuesta al gobernador del Quindío, Juan Miguel Galvis Bedoya, dentro de un incidente de desacato relacionado con el cumplimiento de un fallo judicial.
La decisión concluyó que, antes de que se profiriera la sanción, la Gobernación ya había presentado al juzgado de primera instancia las respuestas y los soportes encaminados a demostrar el cumplimiento de la orden constitucional, elementos que, según el despacho, no fueron valorados oportunamente.

El fallo también señala que no existían razones para mantener la sanción, pues la entidad había atendido el requerimiento derivado de la apertura del incidente y había remitido tanto la respuesta al accionante como la documentación cuya accesibilidad había sido cuestionada.
Para el juzgado, la finalidad principal del incidente de desacato es garantizar el cumplimiento efectivo de las órdenes judiciales y no imponer sanciones cuando ya se ha acreditado que estas fueron atendidas. Además, indicó que no se demostró que persistiera un incumplimiento al momento de adoptarse la decisión sancionatoria.
En consecuencia, la providencia del 21 de julio de 2026, emitida por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Quimbaya, fue revocada en lo referente al arresto y la multa impuestos al mandatario departamental, al no encontrarse fundamentos para mantener dichas medidas.
¡El tal arresto que nunca fue! Así quedó resumido el desenlace del proceso judicial, luego de que el juez de segunda instancia concluyera que el cumplimiento de la orden constitucional ya había sido acreditado antes de imponerse la sanción, dejando sin efecto las medidas adoptadas en primera instancia.
Fuente: Oficina de Comunicaciones Gobernación del Quindío






