El Gobierno Nacional solicitó a la Fiscalía General de la Nación la suspensión de las órdenes de captura, incluidas aquellas con fines de extradición, contra 29 integrantes del Clan del Golfo, con el objetivo de facilitar su traslado a las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) en Córdoba y Chocó como parte del proceso de diálogo sociojurídico con esa estructura armada.
La medida quedó consignada en una resolución firmada el pasado 29 de abril por el alto comisionado para la Paz, Otty Patiño, en la que se autoriza el desplazamiento “preparatorio, progresivo y condicionado” de los integrantes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia (EGC), antes conocido como Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC).
Entre los beneficiados con la solicitud de suspensión se encuentra Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, alias “Chiquito Malo”, máximo jefe del Clan del Golfo y sucesor de alias “Otoniel” tras su extradición a Estados Unidos durante el gobierno de Iván Duque.
La resolución también incluye a Tatiana Andrea Correa Jaramillo, José Francisco Peña y Luis Enrique Martínez Cogollo, entre otros integrantes de la organización criminal.
De acuerdo con el documento, el proceso de movilización iniciará el próximo 25 de junio y tendrá como destino dos puntos específicos del país: Tierralta, en el departamento de Córdoba, y Belén de Bajirá, en Chocó.
El Gobierno explicó que el levantamiento de las órdenes de captura tendrá un carácter “territorial, restringido y finalista”, lo que significa que solo aplicará para los desplazamientos relacionados con el ingreso y permanencia en las Zonas de Ubicación Temporal.
Asimismo, se estableció que cualquier actividad de movilidad, coordinación, pedagogía o consulta interna deberá estar directamente vinculada con el proceso de paz y los compromisos adquiridos en la mesa de conversaciones.
La resolución indica además que los delegados deberán mantener comunicación permanente con la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, reportando rutas, fechas, lugares de origen y destino, así como las personas involucradas en cada traslado.
Uno de los puntos que más ha generado debate es que la solicitud de suspensión también cobija órdenes de captura con fines de extradición emitidas por autoridades de Estados Unidos.
Según el Gobierno, la decisión se ampara en la Ley 418 de 1997 y la Ley 2272 de 2022, normas que regulan los procesos de paz y sometimiento con grupos armados organizados.
La resolución ordena además informar formalmente a la Fiscalía para que proceda con la suspensión temporal de las medidas judiciales mientras se desarrolla el proceso de traslado.
El documento establece que el Ministerio de Defensa deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad durante el desplazamiento de los integrantes del Clan del Golfo hacia las zonas de concentración.
De igual forma, la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia de la OEA (MAPP/OEA) participará en el mecanismo tripartito de seguimiento, monitoreo y verificación de las zonas donde permanecerán los integrantes del grupo armado.
El Clan del Golfo es considerado actualmente la principal organización narcotraficante del país y una de las estructuras criminales con mayor presencia territorial en Colombia, dedicada principalmente al tráfico transnacional de cocaína y al control de corredores estratégicos para el narcotráfico








