El Gobierno nacional dio un giro al tratamiento tributario de los pagos electrónicos en Colombia. El Ministerio de Hacienda puso en marcha un decreto que elimina la retención en la fuente del 1,5% que hasta ahora se aplicaba a los pagos realizados con tarjetas de crédito y débito, una medida orientada a mejorar el flujo de caja de los comercios y unificar las reglas para todos los medios de pago digitales.
Hasta ahora, cada vez que un cliente pagaba con tarjeta, el banco retenía automáticamente el 1,5 % del valor de la venta como anticipo del impuesto de renta. Con la nueva disposición, los pagos electrónicos dejarán de estar sujetos a este descuento, permitiendo que los negocios reciban el valor completo de cada transacción. Por ejemplo, si un comercio registraba ventas por un millón de pesos, antes recibiría $985.000 tras la retención; con el nuevo esquema, recibirás el millón completo.
El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios un borrador de decreto que modifica el artículo 1.3.2.1.8 del Decreto Único Tributario 1625 de 2016, una iniciativa elaborada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). De aprobarse, la medida entrará en vigencia a partir del 1.° de marzo de este 2026, luego de un período de transición para que bancos, franquicias de tarjetas y procesadores de pago ajusten sus sistemas.
Según explicó Krishu Miranda Fuenmayor, asociada senior del equipo de litigio tributario de Mqmgld, la eliminación de la retención representa “un alivio inmediato para el flujo de caja de los contribuyentes” y corrige una distorsión que venía desincentivando el uso de medios de pago a través del sistema financiero. No obstante, advirtió que la medida también traslada una mayor responsabilidad al contribuyente en la correcta contabilización y conciliación de las ventas electrónicas, al desaparecer un mecanismo de recaudo anticipado que funcionaba como punto de trazabilidad automática.
La decisión busca igualar las condiciones entre los distintos instrumentos de pago. Mientras las transferencias electrónicas, los pagos con códigos QR y las billeteras digitales no estaban sujetas a retención, las operaciones con tarjeta física sí lo estaban. Con la nueva norma, no importará si el pago se realiza con tarjeta, celular, reloj inteligente o QR, ya que ningún pago digital tendrá retención en la fuente por el solo uso del datáfono o la plataforma.
El proyecto aclara que la eliminación no se aplica de manera general a todos los bienes y servicios. En los casos en que existan disposiciones especiales con tarifas de retención superiores al 0 %, como algunos servicios técnicos o de ingeniería, el agente de retención deberá seguir aplicándolas. Además, se establece que las propinas deben descontarse de la base gravable, evitando que se cobre impuesto sobre ingresos voluntarios destinados a los trabajadores.
En su exposición de motivos, el Ministerio de Hacienda señaló que la medida tendría un impacto fiscal neutro en el mediano plazo, aunque implicaría una reducción temporal de recursos de caja durante 2026. No obstante, el Gobierno considera que el ajuste puede generar beneficios estructurales al incentivar el uso de medios de pago electrónicos, fortalecer la bancarización y promover un sistema tributario más equitativo y eficiente.








