Inicio Quindio Condenan a la Nación por no impedir saqueos tras terremoto de Armenia

Condenan a la Nación por no impedir saqueos tras terremoto de Armenia

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El 25 de enero de 1999 un sismo de 6.4 grados –en la Escala de Richter– sacudió el Eje Cafetero, sobre todo, a Armenia y los municipios vecinos. Hubo cerca de mil muertos. Pero la tragedia apenas empezaba. A las pocas horas del siniestro, el caos se apoderó de la capital de El Quindío. En esta ciudad, y en el vecino municipio de Calarcá, las autoridades decretaron un toque de queda que nadie respetó y que la Fuerza Pública no hizo respetar. El entonces gobernador de ese departamento, Henry Gómez Tabares, tuvo que salir a los medios a pedir ayuda porque la situación se le había salido de las manos. La ciudad fue militarizada el 28 de enero.

 No obstante, entre el momento del siniestro y la llegada de los 3 mil uniformados enviados por el gobierno hubo cientos de comercios saqueados. Como el de Heliodoro Acevedo. En menos de 12 horas su negocio fue desocupado y sus sueños destruidos. Y nadie hizo nada. Ni siquiera los uniformados que estuvieron presentes durante el saqueo y atestiguaron el robo. Y, lo que es peor, no le dejaron hacer nada distinto a ver cómo los saqueadores se llevaban todo. Ahora –pasados 15 años del siniestro y ocho años de la muerte de Acevedo– el Consejo de Estado acaba de condenar a la Nación por no haber impedido los saqueos. Por haber dejado a miles de cuyabros en manos del desorden y de los vándalos. Un fallo que Acevedo esperó durante años.

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El Consejo de Estado consultó a decenas de sobrevivientes del terremoto y concluyó que el Ejército y la Policía estuvieron “absolutamente ausentes del control de los hechos” que derivaron en estos saqueos. Pero no por incapacidad sino por una cuestionable falta de coordinación entre las distintas autoridades. “Dicha falta de control no puede atribuirse a la fuerza del movimiento telúrico, ni a su efecto devastador, sino a la falta de coordinación y planeación por parte de las autoridades demandadas, que por demás hacían parte del comité local de prevención y atención de calamidades públicas”. A lo que se suma que, como ya se dijo, los uniformados presenciaron los saqueos y no hicieron nada.

En el fallo se avalan los testimonios allegados al proceso en el que se indican que los uniformados “se encontraban presenciando los actos de saqueo y no tomaron medida alguna para evitarlos, pues todos los testigos son concordantes en que los soldados manifestaban no tener orden de intervenir; de donde es válidamente deducible por la Sala, que era tal la falta de coordinación entre las distintas entidades que la situación los había desbordado”.

En este caso se considera que “los actos vandálicos ocurrieron 34 horas después de ocurrido el sismo; un tiempo suficiente para que el comité local de emergencias, bajo la dirección del Alcalde de Calarcá, y con la colaboración del Comandante de la Policía y del Comandante Militar, hubiese tomado las medidas necesarias para garantizar la aplicación del toque de queda que oportunamente se había decretado, pidiendo los refuerzos en el pie de fuerza que fueran necesarios a las autoridades del Nivel Central; pero esto no se encuentra demostrado dentro del expediente”.

La Sección Tercera del Consejo de Estrado condenó a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa, Policía Nacional y Ejército Nacional por estas omisiones así como administrativa y solidariamente al municipio de Calarcá (Quindío) por su responsabilidad en los daños y perjuicios sufridos por el Acevedo Otero, por falla en el servicio; como consecuencia del Saqueo del que fue objeto el establecimiento de Comercio, con razón social Granero Heliodoro Acevedo Otero.

El Espectador

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