
Dicha elección se da como cumplimiento al fallo del juzgado 1ro Administrativo de descongestión del circuito, confirmado por el Tribunal Administrativo del Quindío, el cual declaró la nulidad de la elección del Personero Jairo Ortega Muñoz.




Dicha elección se da como cumplimiento al fallo del juzgado 1ro Administrativo de descongestión del circuito, confirmado por el Tribunal Administrativo del Quindío, el cual declaró la nulidad de la elección del Personero Jairo Ortega Muñoz.