La Alcaldía de Armenia adoptó nuevas medidas para promover el ahorro de agua y energía y prevenir incendios de cobertura vegetal ante los riesgos asociados al fenómeno de El Niño. Las disposiciones quedaron establecidas en el Decreto 328 del 23 de octubre de 2026 e incluyen restricciones para hogares, establecimientos comerciales, entidades públicas y otros actores del municipio.
Las medidas contemplan prohibiciones sobre determinadas prácticas de consumo, controles a establecimientos de lavado de vehículos y sanciones para algunas conductas que incumplan la normativa. Su aplicación se extenderá hasta el 23 de julio de 2027, una vez el decreto sea publicado en la Gaceta Oficial del municipio, aunque el plazo podrá modificarse según la evolución de las condiciones climáticas y los criterios técnicos de las autoridades.
Estas prácticas de uso del agua estarán restringidas
Entre las disposiciones se encuentra la prohibición de utilizar agua potable de la red pública para lavar fachadas, andenes, vías, paredes, techos y zonas de parqueo. También se restringe el lavado de vehículos en espacios públicos o en establecimientos que no dispongan de sistemas técnicos de recirculación de agua aprobados.
El decreto igualmente prohíbe el riego indiscriminado de jardines y zonas verdes con agua tratada, así como el desperdicio del recurso por fugas o conexiones defectuosas. Además, impide instalar mangueras, tuberías o motobombas en ríos, quebradas y otras fuentes naturales cuando estas puedan alterar o reducir sus caudales.
Los establecimientos dedicados al lavado de vehículos deberán contar con los permisos y documentos exigidos, además de implementar tecnologías para optimizar el consumo de agua. La Secretaría de Gobierno y Convivencia, en coordinación con la Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ), realizará inspecciones técnicas mensuales y podrá disponer suspensiones temporales cuando se incumplan los requisitos de funcionamiento.
Por su parte, las Empresas Públicas de Armenia (EPA) deberán activar el plan de contingencia para el abastecimiento de agua potable, fortalecer la detección y reparación de fugas y optimizar el uso del recurso sin comprometer la calidad del servicio.
Prohibidas las quemas a cielo abierto y las fogatas en zonas señaladas
Otro de los componentes centrales del decreto es la prohibición de las quemas a cielo abierto, tanto en sectores urbanos como rurales. La medida incluye las quemas para preparar terrenos agrícolas, la incineración de basuras, escombros, hojas, plásticos, llantas y madera, así como las fogatas recreativas en las riberas del río Quindío, quebradas, bosques y áreas protegidas contempladas en la norma.
También queda prohibido arrojar colillas encendidas, fósforos u otros elementos que puedan desencadenar incendios en pastizales, zonas verdes, separadores viales y áreas de cobertura vegetal.
En caso de que los reportes del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) indiquen un nivel rojo de riesgo de incendio, la Secretaría de Gobierno y el Cuerpo Oficial de Bomberos podrán restringir total o parcialmente el acceso a senderos ecológicos, reservas forestales municipales y zonas de cañadas con alta densidad vegetal.
También habrá cambios en el uso de la energía
Las medidas incluyen acciones para reducir el consumo eléctrico en las dependencias de la Administración Municipal. Al finalizar la jornada laboral, deberán apagarse luces, aires acondicionados, ventiladores y equipos de cómputo, salvo aquellos necesarios para garantizar la seguridad, las comunicaciones, la atención de emergencias y otros servicios esenciales.
Asimismo, se restringe la iluminación arquitectónica, ornamental y decorativa exterior de edificios públicos, monumentos y plazas, mientras que se promueve el aprovechamiento de la luz natural durante el día.
Para el sector privado, el decreto establece que las vallas luminosas, las pantallas LED publicitarias exteriores y los escaparates iluminados deberán permanecer apagados entre las 10:00 de la noche y las 6:00 de la mañana. Los establecimientos comerciales, hoteles, grandes superficies y entidades bancarias que utilicen sistemas centrales de climatización deberán mantener sus termostatos en una temperatura no inferior a los 23 grados centígrados.
Estas restricciones contemplan excepciones para sistemas de vigilancia, semaforización, iluminación de emergencia y otros servicios indispensables.
¿Qué sanciones contempla el decreto?
La Policía Nacional, los inspectores de Convivencia y Paz, los corregidores y las autoridades ambientales estarán a cargo de las labores de vigilancia y control.
Según el decreto, las conductas contempladas en la Ley 1801 de 2016 podrán dar lugar a medidas correctivas. Para el lavado de bienes muebles en el espacio público y la realización de quemas a cielo abierto o fogatas, la norma contempla multas generales tipo 4, equivalentes a 32 salarios mínimos diarios legales vigentes, además de otras medidas que correspondan según la conducta y el procedimiento aplicable.
La CRQ también podrá adelantar las actuaciones ambientales de su competencia cuando se presenten situaciones que lo ameriten.
Los ciudadanos podrán reportar casos de desperdicio de agua, quemas no autorizadas o uso abusivo de energía a través de la línea de emergencias 123, los canales de atención de EPA y los medios institucionales de peticiones, quejas, reclamos y denuncias de la Alcaldía.
Con estas disposiciones, la Administración Municipal busca que tanto la ciudadanía como los sectores comercial y público adopten prácticas responsables frente al consumo de agua y energía, mientras se refuerzan las acciones para prevenir incendios. El cumplimiento de las medidas será clave para reducir los riesgos ambientales y proteger los recursos del municipio ante posibles condiciones climáticas adversas.


