En un fallo de primera instancia, el Tribunal Administrativo del Quindío ha ratificado la curul de Felipe Villamil como concejal del municipio de Armenia, desestimando la demanda que pretendía declarar la nulidad de su elección el pasado mes de octubre de 2023. La demanda, presentada por David Mauricio Marín Tabares, alegaba que Villamil Ocampo había incurrido en doble militancia al no renunciar con un año de anticipación a su curul como concejal del partido Colombia Renaciente (2020-2023) antes de postularse para el periodo 2024-2027 con el partido Nueva Fuerza Democrática.
Marín Tabares argumentó que Villamil violó el Inciso 12 del Artículo 107 de la Constitución Política Colombiana y el Inciso 2 del Artículo 2 de la Ley 1475 de 2011, que establecen prohibiciones claras respecto a la doble militancia. Según el demandante, el hecho de que Villamil ejerciera como concejal del partido Colombia Renaciente y luego como concejal electo del partido Nueva Fuerza Democrática, incluso después de renunciar al primer partido, constituía una infracción a estas normativas.
Sin embargo, el Tribunal, tras considerar la defensa presentada por el abogado Wilson Piñeros, desestimó estos alegatos. En sus declaraciones, Felipe Villamil expresó: “Hoy quiero decirles que esta curul no es mía, no es solamente de los 2.858 armenios que votaron por mí, sino de los 312.000 habitantes que se sienten representados en mi ejercicio de control político. Mi mejor amigo Wilson Piñeros me representó en este proceso”.
Por su parte, Piñeros concluyó: “Efectivamente ya se dio a conocer el fallo de primera instancia en el cual denegaron las pretensiones de ambas demandas. Felipe, como concejal de la ciudad de Armenia, aún conserva su curul en el Concejo de Armenia por el partido Nueva Fuerza Democrática”.
Este fallo reafirma la legitimidad del proceso electoral que llevó a Villamil a ostentar su dignidad como concejal y refuerza su compromiso con los ciudadanos de Armenia, quienes lo eligieron para representar sus intereses en el Concejo Municipal.