La Sala Tercera del Tribunal Administrativo de Antioquia decretó una medida cautelar de urgencia que suspende de manera provisional los efectos del Decreto 182 del 25 de febrero de 2026, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social, el cual plantea cambios en la organización del sistema de aseguramiento en salud en Colombia mediante un modelo de territorialización de las Entidades Promotoras de Salud (EPS).
La decisión fue adoptada dentro de una acción popular presentada por el ciudadano Víctor Raúl Palacio Bohórquez y contó con la ponencia del magistrado Daniel Montero Betancur. El tribunal consideró que existen elementos suficientes para aplicar una medida preventiva mientras se analiza de fondo la demanda.
El Decreto 182 modifica el Decreto 780 de 2016 y establece una reorganización del funcionamiento de las EPS en el país, con un enfoque territorial y poblacional. Entre los cambios propuestos se contempla el traslado de millones de afiliados entre diferentes entidades, lo que ha generado preocupación sobre el impacto que podría tener en la prestación del servicio de salud.
Según la acción popular presentada, alrededor de 6,6 millones de usuarios serán reubicados en distintas EPS, de los cuales más de 3 millones serán trasladados a la Nueva EPS, entidad que actualmente se encuentra intervenida por el Estado y que, según el demandante, enfrenta dificultades financieras y operativas.
En su solicitud, Palacio Bohórquez argumentó que estos traslados masivos podrían afectar derechos e intereses colectivos, al considerar que la Nueva EPS no cumpliría plenamente con requisitos como capital mínimo, patrimonio adecuado y condiciones suficientes para garantizar una atención eficiente a los nuevos afiliados.
El tribunal también advirtió que, en algunos territorios, la reorganización planteada podría concentrar un alto número de usuarios en pocas entidades, lo que limitaría la libre elección de los afiliados y generaría una mayor presión sobre la capacidad de atención de las redes de prestación de servicios.
En el documento judicial se señala que, de concretarse el traslado de un elevado número de usuarios a una sola EPS sin verificar previamente su capacidad de respuesta, podría presentarse un colapso en la atención y generar afectaciones generalizadas en la continuidad y oportunidad del servicio de salud.
Ante este escenario, el Tribunal Administrativo de Antioquia decidió suspender provisionalmente los efectos del decreto mientras se adelanta el estudio de fondo del caso, con el fin de evitar posibles afectaciones al derecho fundamental a la salud.
La medida cautelar no constituye una decisión definitiva sobre la legalidad del decreto, sino una acción preventiva mientras avanza el proceso judicial.
El decreto del Ministerio de Salud plantea, entre otros aspectos, una nueva territorialización del país en materia de aseguramiento, lo que implicaría que algunas EPS dejarían de operar en determinados municipios por falta de capacidad. En ese escenario, la Nueva EPS. Actualmente la más grande del sistema, tendría presencia en todo el territorio nacional.
Dentro de la acción popular también se solicitó que no se realicen traslados hacia esta entidad hasta que se verifique que cumple con los requisitos financieros, administrativos y de prestación del servicio, además de mejorar indicadores como el número de quejas y tutelas presentadas por los usuarios.







