La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una millonaria sanción a Mercado Libre por violar el derecho a la protección de datos personales en Colombia. La empresa, de origen argentino, fue multada con $214.405 millones de pesos luego de comprobarse que condicionó el acceso a una cuenta al suministro de datos biométricos mediante reconocimiento facial.
Según la SIC, esta exigencia representa una infracción a las normas de habeas data, al tratarse de información sensible que no puede ser recolectada sin una base legal clara ni consentimiento libre y voluntario. Además, la compañía se negó a eliminar los datos recolectados, incumpliendo el deber de permitir a los ciudadanos el control sobre su propia información.
El organismo regulador ordenó a Mercado Libre eliminar cualquier mecanismo, tanto en su aplicación móvil como en su sitio web, que impida el uso o creación de cuentas si el usuario no suministra datos biométricos. También exigió que se habiliten múltiples alternativas de autenticación, permitiendo a los usuarios escoger libremente cómo acceder a su cuenta.
La SIC fue enfática en recordar que el tratamiento de datos biométricos está prohibido por regla general, y solo puede permitirse en casos específicos contemplados por la ley. “Ningún servicio puede estar condicionado a la entrega de este tipo de información”, señaló la entidad.
Este caso marca un precedente importante en la defensa del derecho a la privacidad digital de los colombianos y refuerza la obligación de las plataformas tecnológicas de respetar las normas nacionales en materia de protección de datos.