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Gobierno Nacional reglamentó el comercio exterior de cannabis

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La resolución 539 de 2022 emitida por los ministerios de Justicia, Agricultura y Comercio, espera reglamentar las operaciones de comercio exterior de semillas para siembra de plantas de cannabis y productos derivados de la misma.

Para importar las semillas de siembra a Colombia, la norma exige tener la solicitud de licencia de importación y de ingreso a las zonas francas en la Ventanilla Única de Comercio Exterior, Vuce, bajo los requisitos del Decreto 925 de 2013.

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De esta manera, el instituto Colombiano Agropecuario, es una de las instituciones que autoriza y concede los permisos pertinentes para realizar las acciones de comercio. Allí se acreditará el registro vigente como importador de semillas o como Unidad de Investigación en Fitomejoramiento, sumado a las especificaciones técnicas en cuanto al contenido de THC y el Certificado Fitosanitario para Nacionalización.

Para el caso de los comerciantes, se deberá contar con la aprobación de la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes del Ministerio de Justicia y del Derecho, indicando cuáles serán los usos específicos de la mercadería.

En cuanto a los componentes vegetales, se requiere del salvoconducto del ICA y del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, señalando que la producción no corresponde a fines psicoactivos.

“Colombia se sitúa hoy a la vanguardia con la reglamentación del uso del cannabis medicinal y sus derivaciones de usos industriales”. Indicó Iván Duque, presidente de la República.

Imagen: Sena

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