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Home»Politica»Adopción por parte de parejas del mismo sexo vuelve a la Corte Constitucional

Adopción por parte de parejas del mismo sexo vuelve a la Corte Constitucional

5 abril, 2015
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En medio de la crisis que se desató luego de que su  presidente, Jorge Pretelt, fuera acusado por  la supuesta entrega de $500 millones para favorecer una tutela,  la Corte Constitucional retomará esta semana sus labores y tendrá sobre la mesa el estudio de una nueva demanda que busca que las parejas del mismo sexo puedan adoptar.

La demanda, que cursa en el expediente D-10.371, fue radicada por el abogado Sergio Estrada en contra de los artículos 64, 66 y 68 de la Ley de Infancia y Adolescencia.

Este caso tiene vencimiento de términos mañana, por lo que se espera que la determinación se conozca hoy y la ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio va concediendo las pretensiones de la demanda.  No obstante, el magistrado Mauricio González está impedido por haber participado en la formulación de dicha ley, por lo que las cargas en la Corte estarían de nuevo pididas, como en la pasada demanda y existe la posibilidad que la ponencia sea derrotada.


La nueva demanda  podría permitir que parejas del mismo sexo adopten de manera plena, pues el argumento central es que los niños tienen derecho fundamental a una familia y  cita la Ley 12 de 1991, que incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Convención de Derechos del Niño, que señala que en términos de adopción no se debe tener en consideración el sexo de los padres.

Igualmente cita la Sentencia C-577 de 2011, en la que  la Corte ya dijo que las parejas del mismo sexo son familia.

“Si las parejas del mismo sexo son familia y los niños tienen derecho fundamental a una familia, la conclusión es que esa familia puede estar constituida por dos mamás o dos papás”, señaló Estrada, al indicar que en esta ocasión se trata de la salvaguarda de los derechos de los niños y no de los derechos de las parejas del mismo sexo a adoptar ni el tema de la desigualdad homosexual-heterosexual, que fueron los cargos sobre los cuales se pronunció la Corte en febrero pasado.

Agregó que “el derecho fundamental a tener familia tiene la misma protección que otros como la vida o la libertad de cultos y la idea es evitar que argumentos políticos o religiosos limiten esa protección” y que con esta medida “no se va a garantizar la familia para todos los niños en condición de abandono, pero es un paso importante”.

A favor y en contra

Tal como sucedió en la otra demanda, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) aseguró que no existen diferencias significativas en el desarrollo cognitivo de  niños y niñas criados por parejas del mismo sexo frente a aquellos que son criados por padres heterosexuales.

El concepto de 44 páginas señala que la orientación sexual de los padres no es una variable que por sí misma determine o garantice el bienestar y desarrollo de los hijos, pues lo que es determinante es la calidad de las relaciones al interior de la familia, la comprensión y el compromiso de lo que implica el cuidado de los hijos.

Igualmente, el concepto dice que es necesario que se establezcan políticas que equiparen y reconozcan las condiciones para los padres homosexuales a fin de que se incida a favor de los niños.

“No existen en la intimidad familiar diferencias que permitan pensar que un modelo es mejor que otro, será considerada mejor para el niño aquella que cuente con habilidades, recursos, capacidades y competencias para el adecuado ejercicio del rol parental”, precisa  el concepto del Icbf.

Por otro lado, como es ya sabido, la Procuraduría General  está en desacuerdo con esta posibilidad y pidió a la Corte que deje las cosas tal y como están, en el entendido de que solo se puede hablar de familia en relaciones heterosexuales como está establecido en la Constitución y como, dice la entidad, no fue modificado por otras decisiones de la Corte, como la C-577 de 2011.

COLPRENSA

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