La normatividad comenzará a operar a finales del presente año.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones publicó el borrador del proyecto de resolución que acaba definitivamente con las llamadas cláusulas de permanencia en la telefonía celular.
La normatividad que comenzará a operar en Colombia a finales del presente año establece que las empresas en ningún caso podrán ofrecer a los usuarios, ni incluir en los contratos, cláusulas de permanencia mínima con ocasión del financiamiento o subsidio de equipos terminales.
De acuerdo con la resolución que se encuentra para comentarios, los contratos se pactarán de modo independiente por el servicio y el otro por la compra-venta de los equipos.
Otro aspecto que contempla la medida es que las compañías estarán en la obligación de discriminar el precio total de los equipos y de los contratos de prestación del servicio de telefonía celular.
Así los usuarios tendrán el derecho a saber cuánto están pagando y poder comparar precios y tarifas con otros operadores.
Las empresas no podrán oponerse a que el usuario decida terminar su contrato en las condiciones previstas en la regulación ni podrá oponerse a que el nuevo proveedor que elija el usuario pague los valores asociados a la terminación anticipada.
Para los usuarios que firmaron una cláusula antes de esta regulación y desean escoger otro operador que brinde un mejor servicio, dicho proveedor puede asumir el pago de la deuda que implica terminar el contrato anticipadamente. Es decir, el usuario cumplirá el resto del tiempo de la cláusula bajo las mismas condiciones pero con el operador de su preferencia.
El usuario será libre para solicitar la portación de su número, la cual se efectuará sin perjuicio del derecho del Proveedor Donante a perseguir el cobro de las obligaciones insolutas y la devolución de equipos, cuando aplique, y los demás cargos a que haya lugar.
En caso de que exista una cláusula de permanencia al momento de solicitar el traslado del número, el proveedor receptor podrá pagar los valores asociados a la terminación anticipada del contrato.